En atención al Decreto 1075 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, el cual precisa que las Audiencias Públicas se desarrollarán con la reglamentación que para el efecto establezca la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC y, en concordancia con la Resolución N°10591 del 22 de agosto de 2023, por la cual, la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, reglamentó “las audiencias públicas de escogencia de vacante definitiva en establecimiento educativo, de conformidad con las listas de elegibles para proveer empleos que se rigen por el sistema especial de carrera docente y se deroga la Resolución No. CNSC - 20202000120575 del 3 de diciembre de 2020.”
La Secretaría de Educación Municipal, convoca a todas aquellas instituciones que se encuentren constituidas como confesiones religiosas, a participar en el proceso de contratación para la prestación del servicio educativo en el marco de la implementación de estrategias de desarrollo pedagógico y administrativo en las instituciones educativas Hugo Ángel Jaramillo (HAJ) y Jaime Salazar Robledo (JSR) en el municipio de Pereira para la vigencia 2024.
La Secretaría de Educación Municipal de Pereira se permite realizar COMPLEMENTO DEL COMUNICADO 25 DEL 04 DE DICIEMBRE DE 2023; por medio del cual y ante la imposibilidad de efectuar posesiones en tiempo de disfrute de vacaciones programada en el calendario académico 2023 y 2024, los nombramientos legalizados se comunicarán a partir del 12 de enero de 2024.
Por medio del presente comunicado la Secretaría de Educación Municipal de Pereira, da cumplimiento con las orientaciones emanadas por el Ministerio de Educación Nacional mediante la circular No. 024 de 2023, la cual establece que las entidades territoriales certificadas en educación, deben adelantar acciones afirmativas antes de dar por terminados los nombramientos provisionales, con ocasión del nombramiento en periodo de prueba de quienes superan el proceso de selección y se ubican en posición meritoria, en especial para los casos de especial protección, en que se debe garantizar a los docentes provisionales, en la medida de lo posible, su vinculación sin solución de continuidad, en virtud de lo cual se establece, un orden de protección de garantía de la estabilidad laboral reforzada cuando sea posible el traslado de los educadores, conforme a las líneas jurisprudenciales emitidas por las altas cortes frente al particular. En todo caso, cuando la lista de elegibles elaborada como resultado de un proceso de selección esté conformada por un número menor de aspirantes al de empleos ofertados a proveer.
Por la cual se adiciona un parágrafo al artículo tercero de la resolución 009582 del 02 de noviembre de 2023 - por al cual se fijó el periodo de vacaciones colectivas del personal administrativos de los establecimientos educativos públicos de Pereira.