Para: Rectores y Directivos Docentes de los Establecimientos Educativos Oficiales del Municipio.
La Secretaría de Educación Municipal conforme a la Ley 115 de 1994, Ley de Educación Nacional, en su artículo 5 numeral 10, establece: "La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y de la defensa del patrimonio cultural de la Nación", entre otras disposiciones.
Por lo cual solicita dar cumplimiento a la presentación del Plan Escolar de Gestión de Riesgos los cuales deben acatar los siguientes objetivos:
a.) Identificar y caracterizar los riesgos y efectos en el contexto escolar, entendidos como la probabilidad de ocurrencia de pérdidas o daños asociados a eventos adversos que se puedan presentar en el territorio, infraestructura y en su funcionamiento en un tiempo dado.
b.) Identificar e implementar las acciones de intervención dirigidas a modificar o disminuir las condiciones de riesgo existentes y/o a evitar la generación de nuevos riesgos en el contexto escolar.
c.) Aumentar la resiliencia en la comunidad educativa, generando capacidades para reducir riesgos, así como para responder ante las emergencias y recuperarse después de un evento.
d.) Impulsar de manera coordinada y articulada procesos de formación de docente y de la comunidad educativa en general en cada uno de los componentes de la gestión de riesgos y el cambio climático.
e.) Impulsar proyectos de investigación e innovación escolar orientados a la gestión de riesgos y el cambio climático.
f.) Diseñar mecanismos de divulgación eficientes para la apropiación de la comunidad educativa del PEGR