PARA: DIRECTIVOS DOCENTES, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y PERSONAL LOGISTICO DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES, PRIVADOS Y DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO DEL MUNICIPIO DE PEREIRA.
ASUNTO: CUMPLIMIENTO MEDIDA PROVISIONAL DECRETADA POR EL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE PEREIRA EN ACCIÓN DE TUTELA RADICADO 2021-0624 / SUSPENSIÓN PRESENCIALIDAD
La Secretaría de Educación Municipal de Pereira, dando cumplimiento a la medida provisional decretada en Auto fechado del 04 de agosto de 2021, por parte de la respetada Juez Segundo Civil Municipal de Pereira dentro del proceso de Acción de tutela con radicado No. 2021 – 0624 interpuesta por el Sindicato de Educadores y Trabajadores de la Educación del Risaralda – SER, comunica que se SUSPENDEN los efectos de la CIRCULAR No. 267 fechada del 02 de julio de 2021, la cual establecía orientaciones para el regreso seguro a la prestación del servicio educativo de manera presencial en los establecimientos educativos dependientes de esta Entidad Territorial Certificada en educación.
En ese sentido, se informa a nuestra Comunidad Educativa en general de los sectores oficial y privado, así como de educación para el trabajo y el desarrollo humano que, en el marco de las decisiones judiciales retomaremos las actividades académicas en el modelo virtual a partir del lunes 09 de agosto de la anualidad y hasta tanto se emita la decisión de fondo frente al objeto de la acción constitucional en mención.
Les mantendremos informados de las decisiones que correspondan por parte de la Autoridad judicial, así como aprovechamos la oportunidad para agradecer el compromiso que hemos encontrado de su parte en el cumplimiento de cada una de las directrices que recibimos en nuestro sector educativo, siempre procurando por el bienestar y crecimiento educativo de nuestros estudiantes.
De conformidad con el inciso 2° del Articulo 209 de la Constitución Política de Colombia, propende la colaboración armónica de los diferentes órganos y entidades del estado; y en cumplimiento con lo estipulado en la Ley 1885 de 2018, que modifico la Ley 1622 de 2013, por la cual se reglamentó el Sistema Nacional de Juventudes; el Registrador Nacional del Estado Civil en uso de sus facultades, expidió la Resolución 4369 del 18 de mayo de 2021, por la cual fijo la fecha (28 de Noviembre de 2021) para la realización de las Elecciones de Consejos de Municipales y Locales de Juventud, y establece el calendario electoral.
INSCRIPCION DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD (Jóvenes de 14 a 28 años), pueden ingresar al siguiente enlace, donde podrán consultar el lugar donde tienen inscrito el documento (Tarjeta de identidad y Cedula de Ciudadanía), o si no lo tienen, podrán inscribirlo:
https://wsp.registraduria.gov.co/censo/juventudes/
Así mismo, para conocimiento de las personas interesadas se adjunta el listado de los cincuenta y siete (57) puestos de votación urbanos y rurales que se habilitaran en las Elecciones de Consejos de Juventudes, el 28 de Noviembre de 2021, en el Municipio de Pereira.
PARA: ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES DEL MUNICIPIO DE PEREIRA.
ASUNTO: DIVULGACIÓN DE PROCESOS Y ACTIVIDADES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE AGOSTO AL 31 DE AGOSTO DE 2021
La Secretaría de Educación Municipal, dentro de sus procesos remite la siguiente información de acuerdo con el compromiso adquirido con los directivos de los Establecimientos Educativos Oficiales y Privados, compartimos la programación de actividades entre el 1 DE AGOSTO AL 31 DE AGOSTO DE 2021 para que tengan en cuenta en sus cronogramas.
Entre al siguiente Link para inscripción: https://forms.gle/
PARA: DIRECTIVOS DOCENTES, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y PERSONAL LOGISTICO DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES, PRIVADOS Y DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO DEL MUNICIPIO DE PEREIRA.
ASUNTO: ORIENTACIONES PARA EL REGRESO SEGURO A LA PRESTACION DEL SERVICIO EDUCATIVO DE MANERA PRESENCIAL EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES Y NO OFICIALES Y SE CONVOCA A DIRECTIVOS DOCENTES, DOCENTES, PERSONAL LOGÍSTICO Y ADMINISTRATIVOS.
Dando cumplimiento a las instrucciones del Gobierno Nacional a través de la Resolución Número 777 del 2 de junio de 2021, “Por medio de la cual se definen los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado y se adopta el protocolo de bioseguridad para la ejecución de estas” y la Directiva No 05 del 17 de junio del 2021 del Ministerio de Educación Nacional, la Directiva No 012 del 25 de junio de 2021 de la Procuraduría General de la Nación, que establece el retorno de las actividades educativas de forma presencialidad.